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La FLSA: ¿Quién Está Realmente Exento?
Ilona Demenina Anderson, Esq. • Mar 24, 2014

La Ley de Estándares para un Trabajo Justo (FLSA) es una ley federal que fue diseñada para proteger a los trabajadores a nivel nacional. Hay muchas provisiones en la FLSA, que abarcan diversas áreas. Por ejemplo, la FLSA define la semana laboral de 40 años, lo que significan las horas extras, establece el salario mínimo y quién califica para recibirlo; y establece cuándo los menores pueden y cuándo no pueden trabajar y por cuánto tiempo.

La FLSA cubre aproximadamente a 130 millones de trabajadores, lo cual significa que es muy probable que tú estés protegido, aunque esto no está garantizado. La Ley sólo aplica a aquellos empleadores cuyas ventas anuales sumen $500,000 o más, que realizan actividades comerciales a nivel interestatal, y a otros empleadores cuyos empleados realizan actividades comerciales a nivel interestatal. Toma en cuenta que la cifra de $500,000 es para las ventas totales, no para las ventas netas o las rentas. Como eso equivale a unos $42,000 al mes, casi todos los comercios establecidos calificarán, incluso los pequeños.

Quizás te preguntas qué es el “comercio interestatal”. Dado a que los tiempos han cambiado y tenemos mucha más movilidad hoy en día, las cortes y el Departamento del Trabajo han definido e interpretado el “comercio interestatal” muy ampliamente. Si una empresa alguna vez tiene proveedores que son de fuera del estado, o vende productos hechos en otros estados o en otros países, o incluso si ocasionalmente tiene clientes fuera del estado, se asume que realiza comercio interestatal. Debido a que todo lo que tiene que ver con nuestra economía interconectada será considerado comercio interestatal, suele ser mejor para los empleadores asumir que están sujetos a la FLSA.

Además de los negocios que tengan menos de $500,000 de ingresos brutos y unos cuantos cuyo comercio no es “interestatal,” los empleadores que están específicamente exentos de la FLSA incluyen: pequeñas granjas familiares; negocios de temporada que ofrecen entretenimiento o recreación; pequeños periódicos con una circulación de menos de 4,000, o quienes reparten periódicos; trabajadores a bordo de embarcaciones extranjeras; y damas de compañía para los enfermos y los ancianos.

Hay diversas categorías muy estrechas para los empleados que están exentos de la FLSA, aunque su empleador no lo esté. Algunas de ellas son:

  • Representantes de venta, de fuera, si suelen trabajar fuera de la oficina y sin supervisión, y principalmente se les paga por comisión. Esto no incluye ventas hechas por correo, teléfono o Internet.
  • Ciertos empleados especializados en el uso de computadoras, incluyendo analistas de sistemas, programadores, ingenieros de software, u otros empleados especializados en computadores que al menos ganan  $455 a la semana.
  • Ejecutivos, si su deber principal es administrar a otros empleados, o si tienen el poder de contratar y despedir a los empleados, y si su salario rebasa los $455 a la semana o si tienen al menos el 20% del negocio.
  • Empleados administrativos, si realizan trabajos manuales primordiales directamente para un ejecutivo de la empresa, un administrador o un gerente, y su salario rebasa los $455 a la semana.
  • Empleados profesionistas que realizan un trabajo que es reconocido o está certificado como una labor creativa o intelectual, tal como la música, el arte, la medicina o el derecho.

En general, la gran mayoría de los empleados no están exentos, y están sujetos a las provisiones de salarios y horas extras de la FLSA. Aunque algunos empleadores consideran que los empleados a quienes se les paga un salario están exentos, eso simplemente no es el caso. Incluso los empleados a quienes se les paga un “salario directo” siguen estando sujetos a los requerimientos de horas extras y salario mínimo, a menos que entren dentro de una categoría definida por el Departamento del Trabajo, tal como se describe arriba.

Tampoco es el caso, como algunos empleadores aparentemente  creen, que darle a un empleado un título rimbombante generará una exención. La prueba que hace el Departamento de Trabajo para que una exención aplique tiene que ver con la descripción del trabajo del empleado y las tareas que realice, no el título de su puesto.

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